La Justicia le puso un freno a Saeta: no podrá aumentar el precio del boleto de colectivo

La jueza de Minas María Victoria Mosmann hizo lugar al amparo colectivo presentado por la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos y declaró la inconstitucionalidad de las Resoluciones 411/18 y 412/18 de la AMT por lo que quedan sin efecto los aumentos que estaban dispuestos allí.

En su resolución la jueza desestimó la pretensión subsidiaria de restitución a los usuarios afectados por los incrementos considerando el momento a partir del cual producirá sus efectos la sentencia. 

En el proceso la Autoridad Metropolitana de Transporte solicitó que el planteo se declare abstracto, “por entender que el aumento del boleto de colectivo dispuesto por la Resolución Nº 412/18, había sido superado por la inflación del corriente año”, aspecto que fue rechazado por la jueza aunque remarcando que “adoptar una decisión con efectos retroactivos pondría en grave riesgo de continuidad al servicio público de transporte de pasajeros afectando de modo directo al mismo grupo que en el presente se pretende proteger”.

Fuente: El Tribuno